La norma establece que queda prohibida toda publicidad de bebidas alcohólicas a través de cualquier tipo de anuncio en la vía pública dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Están exceptuados los avisos que se limiten a enunciar solo la marca y/o el logo del producto e incluyan ocupando como mínimo un 75% del espacio publicitario, con alguno de los siguientes mensajes sanitarios:
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