Por Dr. David Loisi ®Liga del Consorcista. Muchas veces nos encontramos con que en un edificio los propietarios que tienen un balcón desean, ya sea para agrandar el espacio o por las inclemencias climáticas, cerrarlo y así ganar un ambiente más.
El propietario, para ajustarse a derecho, debe de conseguir que la asamblea se lo autorice. Esto genera muchas veces toda una serie de conflictos, con propietarios que no desean aprobárselo.
Están los que de buena fe creen que un cerramiento puede representar un daño a futuro y también –que por cierto existen- los que dicen no por envidia o enconos personales.
Es una realidad también que muchos propietarios primero hacen el cerramiento y después piden la autorización. En muchos casos, además, sin ajustarse a un patrón estructural ni estético estándar. Esto genera un sinnúmero de situaciones conflictivas que podrían evitarse. Ya hemos hablado de esto.
Sería interesante, a modo de facilitar los cerramientos de los propietarios que deseen cerrar el espacio de su balcón, que las constructoras implementen en los reglamentos una cláusula que permita que todos los propietarios que así lo deseen puedan efectuar un cerramiento sin necesidad de una asamblea, desde luego estableciendo criterios mínimos de construcción, forma, materiales y demás cuestiones edilicias de manera tal de que ningún vecino adyacente se vea perjudicado y que además el edificio no pierda su simetría estética.
Así como existen Reglamentos apto-profesional o apto-mascotas sería bueno que exista un reglamento apto-cerramientos para facilitar todo el proceso de quién quiera construir un cerramiento sin asambleas interminables ni enemistad con sus vecinos.