El diputado Julio Raffo (Diálogo y Trabajo, en el interbloque Frente Renovador-UNA) explica acerca de la posibilidad o no de que un Diputado deje sus fueros: «La Constitución Nacional es muy clara: su artículo 70 NO requiere que haya pedido del juez para iniciar el procedimiento para la suspensión del diputado y su sometimiento a la Justicia. La Cámara puede iniciar ese procedimiento de oficio y así lo he solicitado, con un proyecto formalmente presentado. Los que inventan esa exigencia son ‘ayudadores’ o cómplices de De Vido».