
Hablamos, durante el programa radial «La Naranja» sobre la Ley 4028, la cual trata sobre el Muralismo Urbano
Declárase Patrimonio Cultural de la Ciudad de Buenos Aires, según Ley 1227, art. 4°. inc. j) en la categoría “Manifestaciones y Expresiones Intangibles”, a las expresiones de arte muraria de carácter urbano.
Es un arte social que se expresa fundamentalmente en planos y murales en las ciudades con expresiones sociales, políticas, costumbristas, económicas y de humor colectivo. Se realizan en forma espontánea por variados y múltiples tipos de artistas callejeros, con diferentes niveles de conocimientos artísticos.
Todos marcan una impronta en un momento determinado de la comunidad y construyen realidades de esos momentos históricos, que ayudan a comprender la vida cotidiana de la sociedad que lo generó y a construir la historia global de una época.
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