Por orden judicial, las inmobiliarias deberán difundir en sus vidrieras el amparo presentado por Inquilinos Agrupados y ACIJ. En el día de ayer se dictó la primera resolución judicial en el marco del amparo que iniciaron ACIJ (Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia) y Gervasio Muñoz (Inquilinos Agrupados), para que se declare nula la Resolución 350/16 dictada por el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios (CUCICBA), que pretende dejar sin efecto el tope máximo de un mes de alquiler que fija la Ley 2.340 para las comisiones que las inmobiliarias cobran a los/as inquilinos/as.
El juez de la causa, Marcelo Segón, ordenó una amplia difusión de la existencia el amparo, tras resolver que se trata de un caso en el que están en juego intereses colectivos de todos/as los/as inquilinos/as de la Ciudad.Por ello, pidió que se notifique por medios masivos a todos/as los/as posibles interesados/as incluyendo inquilinos/as, inmobiliarias y la Defensoría del Pueblo de la Ciudad para que, quienes así lo deseen se presenten en el expediente en calidad de parte.
En particular, el juez dispuso:
1. La publicación del amparo y la convocatoria en el Boletín Oficial.
2. La notificación por radio en emisoras oficiales (AM y FM) y por televisión en el Canal de la Ciudad.
3. La difusión por el Sistema de de Difusión Judicial del Departamento de Información Judicial del CMCABA.
4. Notificar a la Defensoría del Inquilinos de la Defensoría del Pueblo de la CABA para que tome intervención en el amparo.
5. La colocación por parte de CUCICBA de un banner en su sitio Web, y la comunicación por vía mail a todas las inmobiliarias registradas para informarlas.
6. Ordenarles que coloquen un aviso en la vidriera de cada una de las inmobiliarias a fin de anoticiar a potenciales inquilinos de la existencia del amparo.











