El Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) dejó sin efecto normas centrales que regían la actividad yerbatera. Entre ellas se encuentran las que establecían condiciones obligatorias de calidad en la producción de la hoja.
La decisión, según Datadiario, fue aprobada este martes por el Directorio del organismo y quedó plasmada en la Resolución 146/2025.
La medida derogó tres resoluciones clave, modificó el régimen sancionatorio vinculado a las declaraciones juradas y ratificó que el rol del INYM debe limitarse al control de calidad, la trazabilidad y la salubridad del producto, sin intervenir en la formación de precios ni en la libre iniciativa privada.
Con esto, se eliminó la Resolución 15/2003 que establecía estándares de calidad a través de sanciones a quienes lo incumplían. Además, sancionaba la tenencia y reprocesamiento del palo, considerado subproducto no apto para consumo, la presencia de animales o plagas en las plantas y la falta de condiciones sanitarias durante la cosecha y el transporte.













