¿Qué el el Registro de Prestadores Turísticos?
Es el instrumento que permite registrar a quienes proporcionan, intermedian o contratan servicios destinados a los turistas.
Conforma una valiosa fuente de información para los turistas y los ciudadanos.
¿Quiénes pueden inscribirse?
El Registro de Prestadores Turísticos esta compuesto por los siguientes rubros:
1- Transporte turístico terrestre
Ordenanza Nº 43.453 y Decreto Nº 4707/90. Solo las que están inscriptas en modalidad de Receptivo.
2- Alojamientos turísticos
Ordenanza Nº 36.136 (categorización de alojamientos turísticos) y disposiciones reglamentarias. Los alojamientos no incluidos en la Ordenanza 36.136 -pero que se encuentran habilitados por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, inscriptos y verificados por la Dirección de Registro de Actividades Turísticas, y con el asesoramiento del Consejo Asesor de Alojamientos Turísticos a los efectos de determinar el carácter turístico del servicio de hospedaje que brindan- podrán inscribirse transitoriamente en el RPT hasta la entrada en vigor de una nueva ley de alojamiento turístico de la Ciudad de Buenos Aires (art. 6 del decreto 1158/02)
3. Agencias de viajes
3.1. Agencias de turismo
Ley Nº 18.829 y disposiciones reglamentarias. Solo las que están inscriptas en Modalidad de Turismo Receptivo por Resolución Nº 1027-ST-2005.
3.2. Empresas de viajes y turismo-Agencias de pasajes
3.3. Ley Nº 18.829 y disposiciones reglamentarias. Solo las que están inscriptas en Modalidad de Turismo Receptivo por Resolución Nº 1027-ST-2005.
4. Empresas de alquiler de vehículos sin chofer
Conforme a la normativa vigente.
5. Organizadores de congresos, ferias y exposiciones y operadores de predios feriales y centros de convenciones
Conforme a la normativa vigente.
6. Establecimientos gastronómicos
6.1 Bar notable
6.2 Bar o restaurante temático
6.3 Tanguería
6.4 Restaurante
¿CUÁLES SON LAS VENTAJAS DE LA INSCRIPCIÓN?
La inscripción al RPT agrega valor a los servicios prestados por los oferentes y complementa las categorizaciones existentes. Es voluntaria y gratuita y permite a los inscriptos:
– Participar con material promocional en los Centros de Informes oficiales.
– Promoción permanente en la página web de Turismo.
– Obtener del Ente de Turismo, cuando proceda, su intervención y respaldo en las gestiones que realice ante otros organismos públicos.
– Recibir información y asesoramiento por parte del Ente de Turismo en lo que atañe a líneas de créditos, estímulos y facilidades destinados a la ampliación, instalación y mejora de los servicios que presta.
– Participar de los Programas de Capacitación Turística que lleve a cabo o promueva el Ente de Turismo de la Ciudad.
– Recibirá mensualmente el informe del Observatorio turístico con estudios actualizados relativos al mercado.
– Formar parte de las campañas de promoción turística de la Ciudad donde participe el Ente de Turismo.
– Obtenida la inscripción al Registro de Alojamientos Turísticos podrá solicitar el permiso de ascenso y descenso de pasajeros en la puerta del establecimiento.
CONTACTO DE LA DIRECCIÓN DE REGISTRO DE ACTIVIDADES TURÍSTICAS
Dirección: Balcarce 360, 2º piso.
Horarios: lunes a Viernes de 10 a 16 hs
Tel.: (5411) 4114 5784
e-mail: registroprestadores_turismo@buenosaires.gov.ar
Descargá a continuación el formulario de inscripción según el rubro y el modelo de Cartel exigido por Ley 2443 sobre erradicación de la explotación sexual comercial de menores.