Deberán consignar la edad de niños, niñas y adolescentes en estadísticas del Gobierno porteño
Fue aprobada una modificación al artículo 3° de la ley 91, que determina: “En todas las publicaciones estadísticas de los organismos dependientes del Gobierno de la Ciudad que involucren niños, niñas y adolescentes, esta población deberá ser visibilizada, siempre que sea posible; debiendo consignar como rango etario para la misma el de cero a 18 años; pudiendo cada organismo, de acuerdo a sus funciones y a su población destinataria, desagregar dicho rango tanto como resulte conveniente, y registrar además cualquier otro recorte etario que considere relevante”.
El proyecto fue planteado por el Diputado Rafael Gentili (PSur) quien consideró entre los fundamentos que “el objetivo es, en definitiva disponer de los descriptores estadísticos más adecuados para individualizar la situación de las políticas destinadas a este universo de población y poder observar el cumplimiento de la normativa vigente en relación con la efectivización de los derechos de niños, niñas y adolescentes. Este recorte en la variable edad constituye un insumo básico para el abordaje de políticas públicas dirigidas al grupo en cuestión”.
Fuente y Fotos: Legislatura Porteña.